El Congreso Nacional aprobó por unanimidad medidas para evitar la discriminación por edad contra personas mayores de 35 años en el ámbito laboral.
Se reformó el Decreto Legislativo No. 178-2016, añadiendo el artículo 87-A, que establece multas de 2 a 3 salarios mínimos para empleadores que incumplan estas disposiciones.
También se reformó el artículo 2 del mismo decreto, añadiendo el numeral 16, que define la discriminación laboral y excluye las calificaciones exigidas para un empleo específico de ser consideradas discriminación.